La Dian en el Oficio No. 001548 emitido el día 5 de febrero del año 2016, (publicado en el Diario Oficial 49.796 del 24 de febrero del 2016) conceptúa que el “Transporte Público Terrestre Automotor Especial” se encuentra gravado con el Impuesto a las Ventas. Dicha entidad, basa su argumento en lo señalado en el artículo 95 del decreto 348 del 25 de febrero del 2015 (El oficio menciona el artículo 85) el cual contempla que en dicho transporte, las partes fijan el precio, mientras que en el público municipal lo fija el Alcalde y en el intermunicipal lo fija el Ministerio de Transporte.

El Centro Nacional de Estudios Tributarios, estará dispuesto a brindarle asesoría frente a este tema, conoce de nuestra mano las opciones legales que pueden darse frente a este cambio de doctrina.

Ver Oficio 0001548
Ver decreto 348 de 2015
 

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